Herencia con deudas: cómo aceptar a beneficio de inventario y no responder con tu patrimonio
Heredar no siempre es recibir. Cuando el fallecido deja préstamos, avales o reclamaciones pendientes, aceptar la herencia sin más puede obligarte a pagar con tu propio dinero. La ley ofrece una vía intermedia, el beneficio de inventario, pero con plazos muy cortos y condiciones que conviene conocer antes de actuar. Qué ocurre si aceptas sin más El artículo 1003 del Código Civil es claro: quien acepta la herencia de forma pura y simple responde de todas sus cargas no solo con los bienes heredados, sino también con los suyos propios. Si las deudas superan lo recibido, la diferencia sale de tu patrimonio. Aceptar, además, no exige firmar nada: puede deducirse de actos que solo tienen sentido si se actúa como heredero, como disponer de bienes del fallecido. Y el silencio tiene un coste. Si un interesado, un acreedor por ejemplo, acude al notario y acredita su interés, el heredero dispone de treinta días naturales para pronunciarse; si no lo hace, la herencia se entiende aceptada pura y ...