Arras en la compra de una vivienda: qué firmas realmente y cuánto puedes perder si te echas atrás
Has encontrado la vivienda, has pactado un precio y el agente o el propio vendedor te pide una señal para «reservarla» hasta la firma ante notario. Entregas el dinero, firmas un papel de una página y te quedas tranquilo. El problema es que ese papel, aunque parezca un trámite menor, decide algo muy importante: qué ocurre exactamente si tú o la otra parte os arrepentís antes de la escritura. Y no todas las arras funcionan igual. Qué son las arras y de dónde viene su regulación Las arras son la cantidad de dinero que el comprador entrega al vendedor al firmar un contrato privado de reserva o compraventa, antes de otorgar la escritura pública. El Código Civil las menciona en un único artículo, el 1454, que dice que si hubo arras o señal en la compraventa, el contrato podrá rescindirse allanándose el comprador a perderlas o el vendedor a devolverlas duplicadas. De esa frase tan breve, la jurisprudencia ha construido toda una doctrina que distingue tres tipos de arras con consecuencias...